GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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Ampliación

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PRINCIPALES

Que los dichos caciques principales y sus yndios o las yndias, sus propios hijos lexítimos que dansen y hagan taquies y haylli [cantos] a: Uacon Uauco, Saynata, Llama Llama, Haya Chuco, Chimo Capac, Ayanya, Guarmi Auca, Anti Suyo, Chipchi Llanto, Uaruro, Hahiua, Apac, Llamaya, Hara Uayo, Uaricza, Tumi Pampa, Haraui, Pingollo, Quena Quena, Cata Uari y dansas de españoles y de negros y otras dansas de los yndios.

An de dansar delante del santícimo sacramento y delante de la Uirgen María y de los sanctos en las fiestas y pasquas y fiestas de las yglecias, de otras fiestas que lo manda la santa madre yglecia rromana de cada año. No lo haziendo, sean castigados. Pues que para las uacas ýdolos, dioses falsos, demonios por mandado de los pontífises laycaconas, hicheseros, lo hicieron. Agora lo an de hazer para seruir al mismo criador, Dios uerdadero y todo lo que manda la santa madre yglecia rromana de nuestro muy santo padre papa. Lo manda pues que es serbicio de Dios.

Lo an de hazer pues que el mismo rrey Dauid, delante del sacramento de la ley bieja, danzaua y tañía. Ací lo hagan los dichos cristianos en cada año cin rrebolber ydúlatra. Y lo haga como seruidor y cristianos de Dios en este rreyno. Y con ello dexarán sus ydúlatras los yndios. Y no lo estoruen los padres ni ninguna justicia en este rreyno.

Que los dichos caciques principales y sus hijos y sus mugeres, criados y sus yndios, yndias, comensando los caciques principales lo que manda la santa madre yglecia la guaresma y uigilias, biernes, quatro ténporas del año y de las penitencias y ayunos deseplinarse estaciones y limosnas a los dichos hospitales y cárzeles y a uecitar de los enfermos y conuentos, lo hagan y guarden como lo manda la santa madre yglecia de Roma. Pues que para la ydúlatra y demonios, guacas y sacrificios y muerte de defuntos y de rrayos, yllapa Santiago [el rayo Santiago], quando nasen dos criaturas uiza aualla [nacimiento de mellizos, mal augurio], cayuma [?], mandado de pontífises, hicheseros ualla uiza, conde uiza, laycacona,

/ taki / haylli / waqa / layqakuna / illapa Santiago / wisa awalla / qayuma / walla wisa / kunti wisa /

a GH, p. 446