GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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Money-making schemes (732-740)

726 [740]

TRATOS

ací:

Señor, a mí an proueýdo por becitador de la santa madre yglecia de las prouincias de Lucanas, Andaguaylas, Bilcas Guaman. Y a vuestra merced, ¿adónde?

Señor, a mí me a proueýdo a la prouincia del Collau, Canas, Pacaxes, Canches. Mejor es eso que el mío.

Señor, dígame uuestra merced, ¿qué puedo ganar y prouechar en esa prouincia de algún tratillo?

Señor, el gran trato es cohe[c]hos de los padres y de los caciques prencipales y de yndios pobres. Meta vuestra merced la mano y calle la boca y gane.

Señor, dígame con todo eso, vuestra merced, ¿qué tengo de hazer para salir bien enquisto y rrico?

Señor, a de hazer vuestra merced lo que yo le dixere. A de hazer vuestra merced desta manera: Que en la becita, no toque a los criados de su señoría o del señor probizor o del señor deán y de los señores canónigos ni a sus amigos de ellos. Aunque tenga delito, no le toque vuestra merced; antes le honrre. Ni le lleue pena ni cohecho porque ellos le escriuirá y le uendrá mal a vuestra merced. A los yndios, con color de la dotrina, desuéllele vuestra merced del hospital y de la yglecia y de cofrades; todo quanto pudiere sacar plata, lo saque vuestra merced. Y penalle a los yndios y a los demás saserdotes que no tienen fabor; desollalle bibo. Y lleue vuestra merced tronera y brabeza y cólera y aparato. Y baya vuestra merced con rrigoridad. No se le dé a vuestra merced nada porque lo primero, no tiene rrecidencia ni cuenta y se pasa presto. Y ci vuestra merced se haze sanctico, saldrá pobrícimo vuestra merced y su secretario y los oficiales de vuestra merced mana porque no se quexe el uno ni el otro. Y ci cohecha el padre de la dotrina bien, antes le a de castigar al yndio que se quexare, haziendo ynformación sólo porque el padre le cirue a vuestra merced. Pues que le da contento a vuestra merced, qué prouecho tendrá vuestra merced del yndio. Con tanto castigado se quedará el yndio como yndio y vuestra merced y con su rrequiesa y plata se yrá. Ci vuestra merced tubiera rricidencia o dado fiansa abonado, tubiera vuestra merced pena. Y ancí vuestra merced haga su dilexencia quanto pudiere en esto de las becitas que le está nombrado. Y tome vuestra merced este consejo: Vuestra merced hágase de milindre un sanctico y a su secretario y fiscal diga que tome cohechos. Y ancí saldrá vuestra merced rrico de la becita y estará paseando en esta ciudad.